Registrar una marca ya no basta: el uso efectivo será decisivo
INAPI recordó que, desde mayo de 2027, los primeros registros podrán completar el plazo de cinco años de inactividad que permite solicitar su caducidad por falta de uso.
¿Qué informó INAPI?
El 8 de septiembre de 2026, INAPI informó un aumento de 18,2% en las solicitudes de marcas presentadas en Chile durante los primeros siete meses del año. Junto con esas cifras, el organismo recordó un cambio especialmente relevante para quienes ya son titulares de una marca registrada: la caducidad por falta de uso.
Esta figura, incorporada por la Ley N.º 21.355 a la Ley de Propiedad Industrial, exige que la marca tenga un uso comercial real y efectivo en Chile. No se trata de una eliminación automática del registro: debe existir una solicitud presentada por una persona con interés legítimo y una decisión dentro del procedimiento correspondiente.
¿Cuándo comienzan a cumplirse los primeros plazos?
Según INAPI, a partir del 9 de mayo de 2027 los primeros registros comenzarán a completar el plazo legal de cinco años de inactividad que permite pedir la caducidad.
Para las marcas concedidas desde el 9 de mayo de 2022, el plazo se cuenta desde su concesión. En el caso de marcas más antiguas, el cómputo comienza desde la primera renovación efectuada después de esa fecha.
¿Cómo puede acreditarse el uso de una marca?
La existencia del registro, por sí sola, no acredita el uso. INAPI menciona antecedentes como facturas, catálogos, publicidad y actividad web que permitan relacionar la marca con los productos o servicios protegidos.
El uso puede realizarlo directamente el titular o efectuarse por medio de licenciatarios y distribuidores autorizados. La ley también contempla situaciones justificadas en que obstáculos ajenos a la voluntad del titular hayan impedido la comercialización.
¿Qué conviene revisar desde ahora?
Los titulares deberían comprobar que la marca se utiliza respecto de los productos o servicios para los cuales fue registrada y ordenar los antecedentes que permitan demostrarlo. También es recomendable revisar oportunamente la cobertura, las clases protegidas, las licencias y la fecha de la última renovación.
Cada situación debe analizarse según la fecha del registro, su renovación, la cobertura concedida y el uso que efectivamente se haya realizado en el mercado.
Esta publicación entrega información general. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la revisión de los antecedentes particulares.
